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Milei incluyó en su ley ómnibus la derogación de las PASO

El presidente Javier Milei envió este miércoles al Congreso un paquete de leyes de reforma del Estado que prevé profundas modificaciones en el Código Electoral Nacional y la eliminación de las PASO, entre las principales medidas.

En la propuesta que el ministro del Interior, Guillermo Francos, entregó en mano al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, se prevé la incorporación de «circunscripciones uninominales» y se establece que «los diputados nacionales serán elegidos directamente por el pueblo de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado».

«A ese efecto, cada distrito se dividirá en un número de circunscripciones igual al número de diputados que se eligen. Cada elector votará solamente por una lista integrada por un candidato titular y un candidato suplente que deben ser de diferente género», se destacó en la propuesta.

También se fija que el Poder Ejecutivo Nacional establecerá «la división de los distritos en circunscripciones» tomando como base el censo nacional de 2022. Además deberá «procurar asegurar que en cada circunscripción no existan diferencias superiores al 3 % del número de habitantes». «Asimismo, al fijar los límites territoriales de las circunscripciones se deberán respetar los límites geográficos y políticos preexistentes».

La propuesta denominada «Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos» consta de 183 páginas y tiene 674 articulos.

A través del proyecto enviado por el Ejecutivo también se modifica la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral que fue aprobada durante el kirchnerismo y se elimina el sistema de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias.

Con esta reforma también se establece que dentro de los 10 días de realizada la convocatoria de elecciones generales se constituirá un Consejo de Seguimiento para actuar ante la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, integrado por los apoderados de las agrupaciones políticas de orden nacional que participen en el proceso electoral. Este consejo funcionará hasta la proclamación de los candidatos electos.

«La Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior deberá informar pormenorizadamente en forma periódica o cuando el Consejo lo requiera sobre la marcha de los procedimientos relacionados con la financiación de las campañas políticas. Las agrupaciones políticas de distrito que no formen parte de una agrupación nacional que participen en el proceso electoral, podrán designar representantes al Consejo», se destacó en el proyecto.

En la normativa también se dispone que los partidos acrediten la adhesión de un número de electores no inferior al 4 por mil del total de los inscritos en el registro de electores del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón. Durante la vigencia del reconocimiento provisorio, los partidos políticos serán considerados en formación y «no pueden presentar candidaturas a cargos electivos en elecciones nacionales, ni tienen derecho a aportes públicos ordinarios ni extraordinarios”.

La ley, en caso de ser aprobada, excluye de la posibilidad de ser candidatos a los magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicial como a quienes ocupen cargos directivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas. Tampoco podrán participar las personas con auto de procesamiento por genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra.

En el proyecto también se hace mención al financiamiento de los partidos políticos y se indica que un 50 % del monto asignado en el Presupuesto será distribuido en forma igualitaria entre las listas presentadas, mientras que la otra mitad será repartida entre los 24 distritos electorales.»Efectuada tal operación, se distribuirá a cada agrupación política en forma proporcional a la cantidad de votos que el partido hubiera obtenido en la elección general anterior para la misma categoría. En el caso de las confederaciones o alianzas se computará la suma de los votos que hubieren obtenido los partidos integrantes en la elección general anterior para la misma categoría», se destaca.

En lo que hace al financiamiento también se dija que los fondos del partido político deberán depositarse en una única cuenta bancaria por distrito, a nombre del partido y a la orden conjunta o indistinta de hasta 4 miembros del partido, de los cuales 2 deberán ser el presidente y tesorero del partido.

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