La batalla legal entre Camila Mayan y Alexis Mac Allister sumó un nuevo capítulo luego de que la Justicia argentina se declarara incompetente para continuar con el juicio por compensación económica iniciado por la modelo. Sin embargo, lejos de dar por cerrada la causa, su abogado, Ignacio Trimarco, confirmó que presentarán una apelación ante la Corte Suprema de Justicia.
El letrado explicó los fundamentos detrás del próximo paso judicial: “Iniciamos una demanda por compensación económica. La jueza de primera instancia, en el momento de declararse la incompetencia, nos dio la razón a nosotros para que se pueda investigar la prueba que hay en Argentina”.
Trimarco detalló que, si bien el tribunal de apelaciones dictaminó mayoritariamente en contra, uno de los tres magistrados se alineó con la postura de la defensa. “Dos de los tres magistrados de la cámara de apelaciones entendieron que debía rechazarse la incompetencia y uno de ellos, que debía darnos la razón a nosotros. Nosotros vamos a recurrir a esta apelación e ir a la Corte Suprema de Justicia”, sostuvo.
La causa, según explicó, reviste una complejidad especial debido a la novedad relativa de la figura legal que se reclama: “Es un tema muy complejo y tiene que ver con un estatuto relativamente nuevo en Argentina, que es la compensación económica. Al día de hoy, no hay antecedentes de casos como estos. Por eso es tan importante que se siente un precedente para los futuros reclamos”.
En cuanto a los argumentos jurídicos, Trimarco insistió en que, pese a que la convivencia de la pareja se desarrolló en el extranjero, ambos son ciudadanos argentinos y se encontraban fuera del país por razones laborales. “La actividad de los jugadores depende de las contrataciones”, señaló.
Finalmente, el abogado subrayó que el objetivo del reclamo no es sólo individual, sino que busca dejar huella en el sistema legal argentino: “Si existiera un rechazo de la Corte Suprema, existe un recurso de queja en donde se debería abonar un canon de $900 mil. Aunque hay un beneficio. Una pareja que decide convivir más de dos años, el código penal habilita a esta medida”.
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