La Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías culminó ayer su trabajo. Se aprobó, en una sesión plenaria que inició el viernes y finalizó el sábado, la nueva redacción de artículos relativos a culto, incorporación de tratados internacionales, libertad personal, libertad de expresión, derecho a la información pública, habeas corpus, salud, trabajo, derechos culturales y derechos políticos, nuevos derechos y medidas de acción positiva. La labor de la Convención Reformadora continuará este lunes en Rosario, donde se pulirá la redacción final de la nueva Constitución de Santa Fe.
Los artículos relativos a la salud y el trabajo son los siguientes:
Salud. Artículo 19. Toda persona tiene derecho al cuidado integral de su salud en todos los ciclos de la vida, que incluye los aspectos físico, mental, emocional, ambiental y social; y a decidir sobre su propia salud siempre que no afecte la salud colectiva.
La Provincia tutela la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la comunidad. Adopta acciones de prevención, atención, recuperación y rehabilitación de la salud en todos los niveles, con base en la atención primaria y con criterios de universalidad, gratuidad, adecuación, equidad, interdisciplinariedad y oportunidad.
La Provincia sostiene un sistema de atención público, gratuito y de calidad. Puede establecer mecanismos de recuperación de los costos de la atención de salud prestada, a obras sociales, prestadoras de servicios de salud u otros sistemas de aseguramiento, en los casos que corresponda.
Regula, articula y fiscaliza todas las acciones y prestaciones de salud en su territorio y concreta la política de salud en coordinación con los otros niveles gubernamentales y otras entidades públicas o privadas. El medicamento es considerado un bien social y la Provincia reconoce el interés en su producción pública.
La Provincia promueve la educación, formación y capacitación en salud y reconoce la función social de sus trabajadores. Estimula la investigación biomédica sobre los principales problemas de salud, respetando la dignidad de las personas.
La Provincia impulsa la actividad física, recreativa o deportiva, junto con la alimentación saludable como herramientas esenciales para la prevención de enfermedades, la promoción de la salud, la inclusión, la integración social y el desarrollo de la persona.
Trabajo. Artículo 20. Toda persona tiene derecho al trabajo como base del bienestar individual y colectivo. El trabajo constituye un derecho humano y un deber social. La Provincia promueve el trabajo decente, y condiciones de empleo equitativas, satisfactorias y seguras, que respeten la dignidad humana, la libertad y la igualdad de oportunidades. Reconoce al trabajador como sujeto de tutela preferente y promueve el empleo registrado.
La Provincia impulsa políticas activas de empleo, capacitación continua y transición productiva profesional que favorezcan la inserción laboral, la inclusión y la empleabilidad de las personas, especialmente de los grupos en situación de vulnerabilidad. Se deben considerar las transformaciones del mundo del trabajo, las nuevas formas de empleo, la economía social, el trabajo asociativo, el avance tecnológico y los requerimientos para un desarrollo socioeconómico sostenible e inclusivo.
Los trabajadores tienen derecho a un salario justo, a igual remuneración por igual tarea, a la jornada limitada, al descanso, a la desconexión digital, a vacaciones pagas, a seguridad e higiene en el ámbito laboral.
El ingreso al empleo público se funda en criterios de igualdad e idoneidad y no se admite prerrogativa alguna.
La Provincia impulsa la erradicación del acoso y toda forma de violencia laboral, en especial la violencia de género; la prevención y eliminación del trabajo infantil en todas sus formas, el trabajo forzoso y la trata de personas.
La Provincia reconoce y protege el derecho de asociación y a expresarse con libertad respecto a su trabajo. Asegura la libertad sindical, la tutela sindical, la negociación colectiva y el derecho de huelga.
Fortalece mecanismos administrativos y judiciales ágiles y efectivos para la prevención y resolución de los conflictos laborales y establece tribunales especializados en materia laboral, con procedimientos concentrados, gratuitos y que propendan a la oralidad, para garantizar el acceso efectivo a la justicia de quienes trabajan y de sus organizaciones.
La Provincia reconoce a las personas humanas y jurídicas que generan empleo en el ámbito privado como actores fundamentales del desarrollo productivo y social. Promueve y protege su actividad, con especial atención a las micro, pequeñas y medianas unidades económicas. Vigila que los empleadores respeten los derechos laborales y obren con debida diligencia, en resguardo del interés público.