Los cambios en el nuevo diseño del Poder Judicial, en el marco de la reforma constitucional, se definieron luego de negociaciones largas. Hubo ajustes respecto de los dictámenes originarios. La comisión Redactora corrigió algunas cuestiones y Unidos ganó el acompañamiento del Frente de la Esperanza (FE) y del peronista Más para Santa Fe para esta tarde, cuando se reúna el pleno para aprobar el capítulo ligado a la Justicia.
En total, se modifican cinco artículos. Y se agregan dos secciones y nueve artículos, entre ellos la composición y facultades de la Corte Suprema, la institucionalización del Ministerio Público como “extrapoder”, es decir, independiente del Poder Judicial, dividido en el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y de la Defensa.
Pero se destacan dos áreas críticas de una sección: la designación de jueces y el proceso de enjuiciamiento de magistrados, fiscales y defensores. Hubo cambios que dan cuenta de algún tipo de apertura al diálogo de parte del oficialismo, pero que no terminaban de convencer a la oposición y, sobre todo, al Poder Judicial, que se mantuvo activo en el tema a través de reuniones en Santa Fe a través de magistrados.
Reforma constitucional y Poder Judicial
En el primer caso, se busca limitar la discrecionalidad del gobernador al elegir candidatos para ocupar puestos vacantes. Se propone que la designación de jueces, fiscales y defensores siga siendo facultad del Ejecutivo, pero con un nuevo Consejo de Selección del Poder Judicial y Ministerio Público que organizará concursos públicos para crear listas de aspirantes.
El Consejo estará compuesto por un juez, fiscal o defensor (según corresponda a la vacante a cubrir), un diputado y un senador, un abogado matriculado en los colegios con asiento en la provincia y un académico perteneciente a las Facultades de Derecho de las universidades con sede en territorio santafesino.
Un punto de debate era si esas listas de mérito serán vinculantes para el gobernador ya que, hasta ahora, la oposición sostiene que tiene margen grande de arbitrariedad.
No se introdujo la orden de mérito, como proponen la oposición y el Poder Judicial, pero se sumó la palabra “vinculante”. En un juego de palabras, habrá que ver qué tan vinculante es la palabra vinculante.
Además, se propone que los concursos sirvan para tener aspirantes de reserva y no accionar el proceso recién cuando se produzca la vacante, lo que demora la designación y cuestiona la cúpula del Poder Judicial.
comision poder judicial
Presidencia de la comisión de Poder Judicial de la reforma constitucional.
Foto: Archivo / La Capital.
Enjuiciamiento
El segundo punto crítico es la composición de los tribunales encargados de juzgar a los funcionarios judiciales. Se plantea la creación de tribunales ad hoc, cuya composición generó discusión por el balance entre representantes políticos y miembros de la corporación judicial.
>>> Leer más: Reforma constitucional: puntos clave y opiniones sobre los cambios en el Poder Judicial
El primer borrador estableció un Tribunal de Enjuiciamiento de la Magistratura y del Ministerio Público para jueces, fiscales y defensores por la comisión de faltas graves, integrado por un magistrado, fiscal o defensor (según corresponda), dos senadores y dos diputados y dos abogados. Es decir: hay preponderancia cuantitativa política.
La propuesta más reciente producto de las negociaciones elevó el número de integrantes a once para asegurar un control cruzado más equitativo. Pero en la oposición, por ejemplo La Libertad Avanza (LLA), sostienen que sigue siendo desequilibrado.
El nuevo esquema propone seis políticos (tres senadores y tres diputados con representación de la minoría), dos abogados, dos colegas del acusado (juez, fiscal o defensor) y la presidencia de un miembro de la Corte o de la fiscal general, según el acusado.
El procedimiento debe ser acusatorio oral y público con resolución fundada. El oficialismo sostiene que esta fórmula es más equilibrada.
En cambio, en la oposición dicen que la modificación no es sustancial y que el equilibrio del que habla la Constitución Nacional significa que ningún estamento tenga preponderancia sobre otro. Hasta advierten que puede terminar escalando eventualmente hasta la Corte Suprema de la Nación.
«El tema son los votos. Si fueran pares y el presidente desempatara, es otra cosa. Pero al ser impares (seis políticos y cuatro) el voto del presidente termina valiendo como cualquier otro”, opinó un convencional opositor.