En el marco de laReforma constitucional de Santa Fe se aprobó por unanimidad que la posibilidad de presentar proyectos en forma presencial o virtual comience este jueves a las 8, y que esté destinada tanto a convencionales como a la ciudadanía en general.
Durante la sesión de este miércoles por la tarde, la Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe aprobó por unanimidad que la posibilidad de presentar proyectos para modificar los artículos de la carta magna provincial estará abierta a partir de este jueves 17 de julio, a las 8 de la mañana.
Se trata de una convocatoria abierta a toda la sociedad, ya que está destinada tanto a convencionales como a la ciudadanía en general. La convocatoria está disponible hasta el domingo 27 de julio a las 8.
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La reforma constitucional inicia la etapa de recepción de proyectos
Reforma constitucional: cómo presentar proyectos
Los proyectos pueden presentarse por Mesa de Entrada del Senado de la Legislatura provincial o virtualmente a través de la web www.santafe.gob.ar/ms/reforma-constitucion/ haciendo click en el botón “Sumá tu propuesta” (el interesado deberá contar con ID Ciudadana).
Vale recordar que ID Ciudadana es el sistema de identificación digital de la Provincia de Santa Fe que permite al usuario registrarse para el uso de sistemas informáticos y el acceso a servicios digitales.
Para generar un usuario, en caso de no contar con uno, es necesario ingresar con el número de CUIL y tener a mano DNI para escanearlo o tomar fotos. Más información aquí
En el reglamento de la Convención, en el Título III. Del funcionamiento general, en el Capítulo I. Presentación de proyectos, Artículo 39° queda establecido: «Los bloques constituidos, cualquier convencional y la ciudadanía en general, podrán promover asuntos que deberán presentarse a la Convención en forma de proyecto de reforma a la Constitución o de proyecto de resolución, con excepción de las mociones establecidas en este Reglamento, siempre que tengan por objeto los artículos o temas establecidos por la Ley N° 14.384. El plazo para la presentación de proyectos de reforma de la Constitución vencerá luego de transcurridos diez (10) días corridos desde la aprobación del presente Reglamento, sin perjuicio de que las Comisiones inicien su labor antes de dicho momento.